Delegación de subdominios de Tercer Nivel dentro del TLD PE

A continuación una información de la RCP que puede ser de mucha ayuda cuando requiera de un dominio .PE .

La política de delegación de subdominios dentro del Top Level Domain PE se basa en el RFC1591 del Internet Assigned Numbers Authority (IANA).

Teniendo en cuenta el inciso 2 de dicho documento que se refiere a que los derechos y propiedad de dominios son inapropiados y más bien están orientados a los servicios a la comunidad, el TLD PE se ha subdividido en los siguientes subdominios:

edu.pe
gob.pe
nom.pe
mil.pe
org.pe
com.pe
net.pe

La delegación de un dominio dentro de dichos subdominios se basa en los siguientes criterios:

1. Los siguientes dominios serán de otorgamiento restringido, debiendo cumplir no solo los requisitos antes mencionados (Capítulo 2) sino los requisitos específicos de cada subdominio.

edu.pe:
Este subdominio sólo es asignado a instituciones de carácter educativo: universidades, colegios, institutos, etc.

gob.pe:
Este subdominio se asigna sólo a las dependencias o instituciones pertenecientes al gobierno peruano, de acuerdo a la Directiva "Normas Técnicas para la asignación de nombres de Dominio de las entidades de la Administración Pública".

mil.pe:
Este subdominio se asigna sólo a las dependencias de las Fuerzas Armadas del Perú.

net.pe:
Solo se realizaran delegaciones de dominios de tercer orden dentro de este subdominio cuando el solicitante cumpla con todos los requisitos que se presentan a continuación:

La red solicitante debe ser un provedor de acceso Internet.
La red solicitante debe contar con presencia física en el país.
La red solicitante debe operar su propio nameserver principal.
Deben poseer un Autonomous System Number (AS) propio.
La red debe contar con independencia total de cualquier otra red existente en el país con respecto a su política de expansión y administración.
Así mismo la red solicitante debe tener por lo menos una conexión directa con algún ISP fuera del país.

2. Los siguientes dominios serán de otorgamiento abierto, requiriéndose el cumplimiento de las normas del capítulo 2 para su otorgamiento.

org.pe
com.pe

3. El Siguiente dominio solamente se otorgara a personas naturales.

nom.pe

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